PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 40                                                                                            SEPTIEMBRE - OCTUBRE  2008
página 10

CONTAR CON LOS CIUDADANOS


Aunque los Estados modernos hayan adquirido un sistema democrático, es muy posible que la estructura del mismo no ha conseguido penetrar en toda la Administración, y así siguen existiendo reductos políticos y económicos donde parece que dominan las formas del régimen autoritario. Esto, si se considera que por democracia se debe entender la mayor posible toma de consideración de la opinión ciudadana para el buen gobierno de la nación.
Un reducto que se resiste a la influencia directa de los criterios de los ciudadanos en los actos de la Administración son las concesiones en los servicios públicos y en las adjudicaciones administrativas de construcción de bienes de repercusión pública. así concesiones de comunicación, de mantenimiento de infraestructuras ciudadanas, de centros educativos, de transporte, de sanidad, etc. deberían estar mediatizadas en los concursos de adjudicación por la opinión de los ciudadanos afectados, de modo que una parte importante de la valoración para resolver el concurso sea la opinión de los ciudadanos respecto a las empresas que litigan por la adjudicación.
Hay que considerar que el fin principal de los servicios públicos debe ser mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, y en gran parte se logra por que las sociedades mercantiles que son adjudicatarios de los mismos presten el servicio en las condiciones reales de satisfacción para aquellos, y no sólo según el fin de rentabilidad que las empresas busquen.
Como las administraciones públicas pudieran caer en el error de hacer un seguimiento del control de calidad sólo formal o, lo que sería peor, considerar como lo bueno para la ciudadanía el conseguir dar los servicios al precio más bajo, es por lo que un factor decisivo para la adjudicación y renovación de las concesiones ha de ser el grado de satisfacción de los usuarios. Por ejemplo, parece lógico que si se oferta un concurso para construcción de viviendas, se tome en consideración el grado de satisfacción de los ciudadanos respecto a las empresas concursantes, en función de anteriores realizaciones. Así, penalizando en el concurso la irresponsabilidad profesional en la ejecución se puede conseguir mejorar sustancialmente la calidad real del servicio prestado a los ciudadanos. Esto mismo se puede aplicar a la recogida de basuras, jardinería, concesiones aeroportuarias, transportes, etc.
Definir como muy relevante el grado de satisfacción ciudadana con las compañías mercantiles que influyen en lo cotidiano de sus vidas supone, de hecho, una apuesta por una calidad de vida que se soporta en la responsabilidad del trabajo y en el sentido último que éste tiene de intercambio de servicios dentro de la sociedad. Desconocer esta realidad adjudicando la Administración los servicios por concursos que sólo contemplan la oferta económica y otros valores abstractos, pero que no consideran la estima de la satisfacción ciudadana, envician los procesos de adjudicación, porque el fin principal, que es el servicio al ciudadano, queda difuminado en otros intereses que la propia estructura administrativa debería reconsiderar.