PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 53                                                                                          NOVIEMBRE - DICIEMBRE  2010
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LA ESPECIFICACIÓN EN EL SUJETO

 
La lógica lingüística ha especificado la definición del sujeto mediante la aplicación predicativa de aquello que es: S es P. El predicado corresponderá a especificar las cualidades que definen al sujeto, que normalmente no es una sola, así que la definición de un sujeto correspondería a S es P1+P2+P3... o S es P siendo P = p1+p2+p2... correspondiendo cada p1,p2,p2 a un elemento o cualidad que se pueda predicar de S. Si existiera un único predicado que identificara inequívocamente la esencia de S, se podría aceptar que S es P, pero para que un predicado pueda definir la esencia del sujeto, sin caer en una tutología, se hace necesario que de suyo presente una ecuación distinta a la identidad que representa S=S. Así, S y P deben ser al menos formalmente distintos, de modo que a P correspondan a los atributos que realizan la esencia de S, y a S la misma esencia.
Cuando se dice que un predicado identifica un atributo contenido en la esencia del sujeto, puede referirse a un elemento que lo compone, a una cualidad que lo especifica o a una forma de ser que lo determina. Lo que ocurre es que en la definición real de un ente son muchos los atributos que definen a cada ente, sobre todo si pretendemos definir a los entes reales e individuales, y no a las abstracciones genéricas de los mismos. Así cuando definimos a Pedro habría que decir: Pedro es un ser humano, es alto, es rubio, es enfermero, es laborioso, es rh+... Porque Pedro como sujeto sólo queda definido si es suficientemente marcado, de modo que sus atributos y cualidades lo identifiquen distinto de cualquier otro Pedro posible existente.
La dificultad que se plantea del definir un sujeto por los atributos predicativos es que todos ellos forman un conjunto de especificaciones, pero, si cada especificación puede ser predicada de otro sujeto, el conjunto puede no ser definitorio de la singularidad del sujeto. Estaríamos a la ley de probabilidades de que con X definiciones incluidas en el conjunto se identificara singularmente a un sujeto, pero cabría la posibilidad de haber un otro igual. Así se puede concluir que el conjunto de cualidades no definen la singularidad si no existe una que de forma inequívoca sólo pueda atribuirse a él. Aunque una cualidad que sólo pueda ser atribuida a un sujeto no define al sujeto si se prescinde de todo lo demás que se puede definir de ese sujeto.
Definir quién es un sujeto se presenta distinto de definir qué es un sujeto. Para la segunda definición cabe aproximación predicativa, con tal que el predicado sea lo suficientemente extenso. Pero la individuación que responde al quién no es especificable por un predicado, ya que las más profundas características de la esencia personal pertenecen a la intimidad de cada sujeto, que muy probablemente sólo puedan ser definidas en la conciencia personal de su ser.
También la especificación sobre un sujeto pueda considerarse objetiva, o sea a través de cualidades, atributos y formas de ser que puedan que respondan a las condiciones de S es P. Estas especificación se adecua a lo que de él se puede decir en el orden de la existencia, cuyas afirmaciones S es P corresponden al saber objetivo que sobre su existencia se posee, siendo cada predicado verificable en sus condiciones de verdad. La especificación subjetiva es la que respondería a S es P según la condición más intrínseca del ser personal, lo que no puede verificarse sino desde el propio conocimiento íntimo de cada persona, cuya conciencia verifiquen todas las condiciones de verdad que aseguren que S es P en el conjunto pleno de posibilidades atribuibles a P.