PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 54                                                                                          ENERO - FEBRERO  2011
página 11

DOPAJE = FRAUDE

 
La aparición del dopaje en el deporte va muy ligado a la profesionalización, porque cuando lo que se gana no es sólo prestigio y satisfacción personal, sino mucho dinero contante y sonante, las motivaciones para doparse se multiplican tanto como los beneficios lucrativos que el deporte puede generar. Se puede rebatir esta tesis, aduciendo cómo también se dopan deportistas aficionados, con tal de lograr alcanzar una marca, la vanagloria o el cuerpo anhelado. Admitiendo esta contratesis, habría que concluir que el deportista se dopa por alcanzar ese límite que le recompense su esfuerzo y le reporte el reconocimiento del sector, pero que cuando además existen intereses lucrativos la motivación crece, hasta convertirse en una necesidad en las disciplinas en que toda la élite recurre a métodos extraordinarios para potenciar la capacidad natural para el deporte.
Diferenciar qué fármacos y métodos extraordinarios pueden ser considerados como dopaje, cuándo y por qué, es algo que compete materialmente a las federaciones deportivas, ya que son ellas quienes establecen reglas y disciplinas para cada especialidad. Las normas para la competición son necesarias, porque sin reglas de juego sería inviable la posibilidad de competir. Los criterios para calificar el dopaje son parte de esas reglas, que van enfocadas a salvaguardar que, a ser posible, los deportistas compitan según su condición natural con similares oportunidades de éxito. Esas reglamentaciones no tienen por fin potenciar el superhombre, sino animar a la práctica del ejercicio físico mediante el estímulo de la competición.
La sociedad mercantilista sí que ha encontrado en el deporte una forma de espectáculo, incorporando a sus fines propios el de conseguir objetivos imposibles, porque superar límites forma parte de la pasión que rentabiliza los espectáculos. El espectáculo propicia convertir en ídolos a los deportistas que rompen barreras, e invierte en su mitificación porque detrás está la rentabilidad económica de explotación de su consumo. El mercantilismo del deporte precisa superdeportistas, y las estrellas del deporte ven en ello la jerarquización al estrellato en la sociedad. Este doble interés es el que favorece el recurso al dopaje para lograr alcanzar las pocas oportunidades de ocupar la cima.
Las razones por las que el dopaje está proscrito son de tres categorías. 1ª Que atenta a la salud futura del deportista. 2ª Que cuestiona la igualdad de oportunidades para todos los competidores. 3ª Que constituye un fraude para el espectador. Estas tres categorías constituyen principios de legalidad distintos. Cada una de ellas enfoca aspectos de salud, de justicia o de contraprestación. Corresponde a distintas instancias de la sociedad juzgarlos, más allá de la mera disciplina deportiva. Las influencias sobre la salud pueden estar más o menos penadas según la tolerancia de la sociedad con la responsabilidad personal y la drogadicción. Se debe tomar en consideración que el dopaje no es antojo exclusivo del deportista, sino confabulación de su entorno para rentabilizar sus éxitos. Del quebranto de las reglas del juego se siguen daños y perjuicios para los demás competidores, tanto más cuanto más alto es el nivel de la competición, por lo que la justicia no puede ser ajena a restablecer los legítimos derechos conculcados. Se genera asimismo una estafa a los espectadores, quienes gozan del derecho a la correcta información de las condiciones en que se van a desarrollar las pruebas. Las trampas ocultas que pueden alterar el desenlace están engañando a quienes en última instancia sostienen el entramado global del espectáculo.
La reparación que la justicia exija contra el dopaje deben recuperar todos los daños causados, por ello no debe sólo contemplar sanciones deportivas y penales en función de la entidad de la sustancia dopante, sino de los perjuicios causados. De este modo, la sanción debe ser proporcionada al beneficio económico logrado mediante la trampa, so sólo en el reembolso de los emolumentos percibidos, sino también en restitución del engaño contractual con el que se ha perjudicado a los espectadores. Es muy fácil comprender cómo la repercusión de la estafa por el dopaje sería muy diferenciada si lo realiza un jugador de división de honor, con una ficha de millones de dólares, o si lo hace una jugador de tercera división, con ficha anual de unos pocos miles de dólares.
Uno de los escollos con que se encuentra la lucha contra el dopaje está en definir qué sustancias son las prohibidas y su rango de influjo, porque los especialistas en el dopaje van por delante en la sofisticación de los encubridores para engañar a los peritos clínicos. Cuánto más es el montante económico en juego, más recursos destinan unos y otros, pero siempre quien dispone de la iniciativa goza de la ventaja temporal de su aplicación, aunque también sobre sus espaldas queda la responsabilidad de los efectos secundarios que puedan dañar a los deportistas. Es posible que el coto al dopaje no llegue por el interés de las federaciones, sino sólo si la resolución de los patrocinadores por el juego limpio introduce en los contratos cláusulas sancionadoras contundentes que hagan desistir de ello a deportistas, entrenadores, médicos y preparadores físicos.