PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 72                                                                                      ENERO - FEBRERO  2014
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RETRIBUCIONES JUSTAS
 
Uno de los reconocimientos sociales más necesarios es el de que se pague a los trabajadores por cuenta ajena una retribución justa, adecuada al valor de los bienes que producen. Desde la era industrial se ha venido reivindicando ese derecho, con menos fortuna que más, ya que la riqueza y el progreso que la sociedad moderna genera depende de ese trabajo.
Aproximarse al concepto de retribución justa exige compaginar criterios que convergen en el mismo acto pero desde perspectivas sociales distintas. Se pueden considerar al menos:
  • Las que afectan a las necesidades del trabajador.
  • Las que marcan la disponibilidad empresarial.
  • Las que rigen las leyes económicas.
Armonizar todas ellas es una de las tareas tareas políticas por excelencia, pues sin retribuciones justas se tambalea el estado de derecho que custodia la justicia en las relaciones sociales, se pone en serio peligro la paz social y se perjudica seriamente el desarrollo social y moral de los pueblos.
Desde la perspectiva de las necesidades del trabajador la retribución por su trabajo debe posibilitar mantenerse con dignidad en el entorno de riqueza que la sociedad en la que vive produce. Debe poder disponer para sí y la familia: de una vivienda donde alojarse, de los alimentos y el vestido, de enviar a los hijos a la escuela y disponer del material de estudio hasta la capacitación profesional, atender la salud, prever para accidentes y jubilación, disfrutar de algo de ocio y cultura. Como todas esas necesidades pueden satisfacerse según el nivel disponible de consumo, deben valorarse para conocer el mínimo necesario familiar de acuerdo a la riqueza que se crea y percibe en el lugar donde se trabaja, porque ese nivel de riqueza se debe en gran parte a su trabajo y es el que repercute sobre la estabilidad de los precios. Pero el trabajador no sólo tiene derecho al salario social que garantiza una economía de mínimos, sino que en función de la productividad de su propio centro de trabajo, tiene derecho a participar de una parte del beneficio, que se genera precisamente por la contención neta de los salarios, que es lo que le permite el ahorro y mejorar su capacidad adquisitiva de acuerdo a su esfuerzo profesional.
Desde la perspectiva del capital empresarial las retribuciones justas son las que permiten una productividad que deje beneficios proporcionales a la inversión de capital. Es evidente que el objetivo de toda inversión es conseguir la mayor rentabilidad, pero del mismo modo que eso no se debe lograr estafando, tampoco se puede conseguir retribuyendo a los trabajadores de modo que no puedan atender sus necesidades fundamentales. Si eso fuera así, lo que habría que cambiar es la planificación o la estrategia de negocio, porque si el beneficio se obtiene a fuerza de vender las mercancías a precios bajos por aplicar criterios de retribución injustos es que se está infectando el mercado con prácticas fraudulentas. El beneficio empresarial debe resultar de repercutir sobre los trabajadores la parte proporcional de los bienes que generan, manteniendo la contención de salarios cuando la productividad es menor e incentivándolos, con parte de los beneficios, cuando existen resultados claramente positivos. Hay que tener en cuenta que la empresa debe ser un organismo vivo que permanentemente se adapte a la realidad económica, mediante la iniciativa y la creatividad, de modo que sus beneficios deben reflejar esa dinámica para producir de modo favorable, sabiendo guardar recursos para permanentemente modernizarse.
Desde la perspectiva de la leyes económicas estas definen la proporcionalidad entre la inversión y la retribución salarial para lograr que todo el sistema funcione homogéneamente, pues no se puede obviar que de las retribuciones depende el consumo, del consumo los límites de producción, de la producción los beneficios.
 

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