PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 8                                                                                                       MAYO-JUNIO 2003
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JUECES POLÍTICOS


La exculpación de los militares por parte de la Corte Superior de Justicia de Venezuela, tras el primer intento de golpe de estado, puede que haya tenido una relevancia fundamental sobre los difíciles acontecimientos que en el país han desencadenado con posterioridad.

El difícil oficio de juzgar las cuestiones políticas exige para los hombres que han de ejercer esa labor una mentalidad muy específica. Además de las presiones que los distintos grupos socialmente posicionados ejercen, el gran peligro para la justicia, cuando se ha de ejercer en los más altos peldaños de la magistratura, está en la difícil distinción entre el criterio personal y el criterio jurídico.
La mayor limitación de la justicia es que tenga que ser administrada por personas, y la máxima garantía de la justicia es que esté administrad por personas. Esta paradoja se resuelve en la capacidad de error humano y la capacidad del ejercicio de comprensión de la razón.
La evidencia del error en el juzgar nos es tan evidente que merece poco comentario. El hábito del ejercicio profesional en su más excelsa brillantez no lo ha podido evitar, y menos garantía deja en cuanto la situación psicológica personal es influenciada por las más diversas causas.
No obstante, una cierta garantía se sigue del hecho que el entendimiento humano es en último lugar el único procesador que puede aproximarse a comprender a otro entendimiento humano. La esencia de esa correspondencia está en la naturaleza libre del acto que no se corresponde con ningún otro hecho computacional. Aun cuando todas las situaciones del derecho pudieran programarse automáticamente para la acción procesal, el resultado no sería fiable, porque el conocimiento de la responsabilidad del juicio sobre el acto del procesado no es computable. Tan sólo por la aproximación desde otros entendimientos semejantes se puede suponer la rectificación sobre la base supuesta.
Habiendo pues de contar con hombres que juzgan e interpretan las leyes y los presuntos actos delictivos, es trascendental que esos jueces asuman la distancia entre el concepto personal de bien o mal, según la propia conciencia, y la justificación de culpabilidad según las leyes concebidas por la voluntad popular.
Ese distanciamiento entre las propias concepciones políticas, entre la idea de la función del poder y el papel de la magistratura, tiene que estar supeditado a la función institucional de defensa de la ley según la concibe la mayoría del pueblo en el tiempo actual.
Descargar la carga ideológica propia, cimentada en el interior de cada personalidad por la formación cultural, las vivencias sociales y la experiencia profesional, no es fácil para nadie, tampoco para los magistrados; pero a éstos, como a todos los funcionarios de la administración se les exige que lealmente sirvan a los intereses de los ciudadanos en ese ciclo mutable de determinaciones de gobierno.
Tan difícil como no dejarse llevar por las propias convicciones está el juzgar con el respeto del amparo de las minorías, cuando los poderes del gobierno ejecutivo buscan la instrumentalización y el apoyo incondicional de las magistraturas a favor de su causa.
Esa lealtad que el juez debe a la nación y al orden jurídico allá donde la incumba es una de las mayores garantías de la construcción del estado de derecho, sin olvidar que los jueces y magistrados ejercen una función que emana del pueblo: en su nombre y mente deben administrar la justicia.