ESPECULACIÓN EN EL MERCADO DE VALORES
Una buena parte del capitalismo moderno proviene de la idea de capitalizar las compañías mercantiles mediante inversión directas de los ciudadanos para dotar el gran capital que requieren los retos de expansión de la economía. Con este recurso se supera el círculo del dinero ahorro-banco-empresa, al tiempo que se ofrece la posibilidad de que los ciudadanos sean partícipes directos tanto de la propiedad de las compañías, proporcionalmente a la inversión, como de los beneficios económicos que generan las mismas. La participación masiva de capital privado no vinculado directamente a la grupos familiares empresariales ni a socios promotores es lo que ha revolucionado el capitalismo bajo la figura de las compañías mercantiles anónimas. Para facilitar la canalización de la inversión ciudadana hacia las necesidades de capitalización de las empresas surgieron los mercados de valores, donde se relacionan, mediante gestores comerciales, los demandantes de capital y los inversores.
Con el paso del tiempo, aprovechando la estructura de este sistema de la capitalización mercantil, paralelamente ha surgido una nueva oportunidad de mercado --además de la finalidad específica de producción de cada compañía mercantil--, la de comerciar con las acciones, valores y participaciones empresariales de modo especulativo, o sea obviando el originario fin financiero de la sociedad, y negociando con la oferta y demanda de los títulos para obtener plusvalías pecuniarias desligadas totalmente de la rentabilidad empresarial.
Esta especulación que la estructura de los mercados financieros ha propiciado, fija el objeto primordial de negocio el medio y no el fin originario del capitalismo, de modo que sobre la rentabilidad de los dividendos derivados del beneficio empresarial está primando el beneficio especulativo que puede generar la fluctuación de su valor en la compraventa del mercado continuo. Esta forma de enriquecerse muchos con los medios de financiación no tendría más relevancia que la de recompensar a la astucia si no fuera porque el beneficio especulativo que se logra interfiere distorsionando de modo sensible el valor contable y el valor bursátil de las compañías cotizadas, lo que repercute sobre la riqueza real de los inversores, detrayendo del capital total invertido el valor de las plusvalías obtenidas --a veces incluso muy opacas-- en virtud de la estructura flotante de la compraventa en el mercado de valores. No siendo ajeno a ello la prevención a invertir de muchos ahorradores inversores por la excesiva fluctuación que genera el ansia especulativa, en especial de las operaciones a muy corto plazo.
Lograr contener una especulación tan jugosa no parece fácil, ya que la pretensión de ganar mucho dinero con poco esfuerzo, aunque suponga riesgo, ha sido una constante en la humanidad. Desde 1971, en que el economista James Tobin propuso instaurar una tasa para frenar la volatilidad de los mercados, han existido defensores y detractores de cualquier intervención impositiva por parte de los reguladores de los mercados financieros. La propuesta del economista americano no ha sido descartada, aunque sí interpretada de modo distinto cuando las crisis monetarias y productivas han hecho temblar a las estructuras económicas. Muy posiblemente en sus diversas interpretaciones falte la fundamentación justificativa de acudir a ese recurso en virtud de la degradación de la filosofía de la esencia del capitalismo y la economía liberal e mercado, porque gran parte de la crítica se dirige a restringir tasas interpuestas con fin recaudatorio, pero a veces el fin de esas tasas no surgen del ánimo de recaudar, sino de los ajustes necesarios disuasorios para no hacer mal uso del fin propio de mercados.
Afrontar reducir la especulación real existente en el entorno de la compraventa de participaciones empresariales, ya sean bonos o acciones, debería realizarse preservando impoluto el legítimo procedimiento social de derecho de inversión y a ser financiado, o sea de la compra de activos cuando su fin se orienta a la capitalización de las sociedades mercantiles. Una forma de no perturbar ese derecho es aplicar la tasa solamente a las operaciones de venta, pues este modo permite discriminar quien compra y vende a corto plazo para especular, lo que quedaría perjudicado si la tasa aplicada a cada venta supone un recorte de la perspectiva de beneficio de cada una de esas continuas operaciones.