PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 87                                                                                   JULIO - AGOSTO  2016
página 8

TRANSFORMACIÓN LABORAL

 
El desarrollo de los sistemas industriales a partir del siglo XVIII ha originado continuas transformaciones en lo que concierne a la vida laboral de los trabajadores, con enormes consecuencias en la estructuración de la sociedad. La concentración urbana, la educación técnica, la seguridad laboral, la conciliación familiar, la protección social, el capitalismo empresarial, el comercio global, la contaminación, el desempleo, etc. constituyen novedosas influencias sobrevenidas sobre la rutina de la humanidad. La adaptación del ser humano a esas modificaciones es tanto más exigente en cuanto más significativos son los cambios y más corto el periodo de imposición; por lo que no es de extrañar que esas modificaciones sobre la forma de vida generen resistencia y contestación, en especial sobre quienes tienen más edad.
El colectivo laboral percibe la incidencia de la modernización del sistema productivo principalmente en tres modalidades formas de afectación:
  • Los salarios.
  • La protección social.
  • El esfuerzo laboral.
El salario, que es la forma más implantada de retribución del trabajo, supone la medida del poder adquisitivo del trabajador. La protección social aporta al mundo laboral la seguridad ante la adversidad. El esfuerzo laboral repercute el agotamiento asumible en el ejercicio de la labor. El progreso en esas tres formas de repercusión sobre la vida de los trabajadores se considera consecuencia directa de la riqueza trasformada por la actividad laboral, que, mientras genere crecimiento económico, convalida la convicción de que debe repercutir en una mejora progresiva de esos tres modos de afectación del progreso. Supondría una gran contradicción para los trabajadores que, cumpliendo sus obligaciones laborales, se puedan derivar recortes como consecuencia de los cambios que se quieran introducir en las estructuras de la producción, porque la contraprestación a la producción rentable se considera consolidada como un derecho adquirido.
La dinámica del comercio, que mediatiza la estructura de la producción, exige reconversiones por exigencias cambiantes de la sociedad, en especial por la dependencia a las material primas, a los transportes, al consumo y a la emergencia de la competitividad de los mercados. Esas reconversiones normalmente son ajenas a la responsabilidad en el trabajo de los empleados, y, sin embargo, suelen ser ellos los más directamente afectados por decisiones de otros órganos de más poder en el sistema productivo. Cuando es el Estado, quien debería proteger los derechos laborales, quien los violenta, surge la incidencia sobre la paz social.
Quien tiene la responsabilidad de gobierno debe ordenar el sistema preservando que los derechos de los trabajadores no se recorten más allá de la proporción de una acaecida recesión. Para ello, cuando haya que introducir cambios en los sistemas productivos, deben ser suficientemente imaginativos para que las soluciones no reporten recortes en los derechos, sino formas alternativas de retribución que no mermen los salarios sino que indirectamente, quizá anclándolos a la producción, mantengan, aunque de modo fluctuante, la misma proporción adquisitiva. Igualmente, aplicado a la protección social, cabe actualizar esos sistemas en lo que puedan haber quedado de obsoletos, pero lo importante es que el grado de protección real sobre los trabajadores y sus familias se sostenga, o se equilibre, según las necesidades, con las variaciones a introducir en las otras formas de afectación. Por ejemplo: cabría modificar salarios si se reduce la jornada laboral; modernizar los sistemas de cálculo de pensiones ajustando periodos cotizados más lógicos; compensar unas prestaciones con otras; medios para facilitar la conciliación familiar; u otras.
Transformar la vida laboral exige pactar con los actores que influyen sobre ella las formas más eficaces y menos traumáticas, no pudiéndose obviar que los trabajadores son doblemente sujetos afectados, como ciudadanos y como productores, y por tanto deben ser consultados en el concierto laboral y en el concierto democrático para que las políticas a aplicar contribuyan realmente al bien común, último objeto de todo progreso social.
 

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