JURAR PERJURANDO
Una costumbre arraigada en los nacionalismos religiosos es la de utilizar el sistema de jura ante Dios, explicitado mediante símbolos religiosos, para configurar los compromisos de los principales cargos institucionales del Estado. Ese acto adolece en muchos casos de autenticidad, ya que la jura no representa más que un valor simbólico del nexo entre religión y política, el que aparentemente configura el sometimiento de esta última a la religión, o sea, se escenifica que el compromiso político de quien jura y de quien toma el juramento se concibe desde la moral religiosa de los símbolos representados.
Mantener esas tradiciones suponen siempre una discriminación religiosa desde un credo mayoritario a las prácticas de cualquier otra religión que profesen los ciudadanos. Pero esa sutil violencia a la libertad religiosa no es la más grave que entrañan esas manifestaciones, sino posiblemente lo sea la profanación de las mismas creencias que se testifican cuando el intención política que se proyecta aplicar entra en contradicción con los fundamentos de la doctrina social de esa religión. En ese caso: o la jura se considera una bagatela, o se convierte en una perjura.
El escándalo de jurar perjurando pasa desapercibido para esa mayoría de la población que, por considerar impropia la injerencia de la religión en la política, desmitifican el significado de esas ceremonias, pero no para los fieles que valoran el descrédito religioso que engendran esos protocolos clericalizantes. Quienes constatan la frivolidad de sus dirigentes políticos con el compromiso social que predican la mayoría de las religiones perciben como tendencioso el recurso a la simbología religiosa como acreditadora de su recta voluntad.
Mayor garante para la población sería que, en vez de confiar a Dios la demanda del cumplimiento de la honestidad en la acción política, fuera ante la administración de justicia donde se depositaran los compromisos con la honradez, la trasparencia, la lealtad, la veracidad, la solidaridad, la paz y el respeto a todos los ciudadanos por parte de los cargos públicos, y se proveyera a los correspondientes órganos de justicia la capacidad legal de demandar bajo pena el incumplimiento de esas responsabilidades.