PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 97                                                                                  MARZO - ABRIL  2018
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DEPORTE JUVENIL


El deporte en las categorías que compete su práctica a los menores de edad debería posees una propia regulación internacional que garantizara que el deporte no coarta otros derechos, obligaciones y opciones propias de la edad. Conviene que a esa edad, en que las decisiones que hayan de trascender sobre el futuro de la vida están en fase de elaboración, no exista una presión externa ni interna hacia la formación en una disciplina deportiva como objetivo determinativo de futuro profesional.
Las actitudes para la práctica del deporte se ponen de manifiesto a muy distintas edades, pero el hecho de esa capacidad no debe delimitar el abanico de proyectos alternativos en la vida de los niños y jóvenes. Por mucho que se pueda considerar que un menor reúne condiciones físicas y de carácter apropiadas para triunfar en el deporte, no conviene encarrilar su futuro hacia ello, aunque el menor lo estime, si ello entorpece el pleno desarrollo de su personalidad.
Se puede alegar que, dada la competencia que el deporte profesional ha impuesto, cuanto más pequeño se inicia a un niño hacia un deporte más probabilidades tiene de conseguir la capacitación para el éxito. Para muchos del entorno del menor es bien conocido que sólo un pequeño porcentaje de deportistas que se inician en un disciplina desde la infancia llegan a triunfar profesionalmente en ella, habiéndose en muchos casos mermado la capacidad de desarrollo de otras muchas actitudes, desde el rendimiento en los estudios a la vida de relación fuera del ámbito de la práctica deportiva. El problema que se plantea es determinar a quién corresponde tutelar la adecuada compaginación de la dedicación al deporte a cada edad para que no influya negativamente en su ámbito escolar, emocional o social: ¿A los padres?, ¿a los profesores?, ¿a los entrenadores?...
Muy posiblemente, además de a las personas que poseen responsabilidad sobre las decisiones de un menor, también cabe que las federaciones deportivas nacionales e internacionales asuman como cometido propio regular los tiempos adecuados a cada edad para el entrenamiento de un deporte, como modo de delimitar que la competencia por ser los mejores se consiga a base de la excesiva dedicación a ello. Igual que se regula las sustancias dopantes, porque además de perjudicar a la salud rompe el criterio ético de la igualad de oportunidades, en la práctica del deporte infantil y juvenil se pueden establecer reglas que limiten también los horarios de entrenamientos máximos pertinentes a cada edad y disciplina, siempre considerando proteger la integridad física y moral del menor.
 

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